La Cámara Federal porteña confirmó -con un voto mayoritario- el procesamiento contra Alberto Fernández por dos hechos de lesiones leves y un hecho de lesiones graves, doblemente agravados por el vínculo, abuso de poder y autoridad, y amenazas coactivas. El expresidente quedó a un paso de enfrentar el juicio oral en este caso por violencia de género, que inició con la denuncia de la ex primera dama, Fabiola Yáñez.
La decisión fue votada en mayoría por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, con la disidencia de su colega Roberto Boico.
Las acusaciones atribuidas en el procesamiento firmado por el juez Julián Ercolini y que los camaristas confirmaron, constituyen tres delitos que concursados representan una pena de 3 a 18 años de prisión.
En este expediente se dio por corroborado que en un “contexto de violencia de género signado por la particular relación asimétrica de poder entre Alberto Ángel Fernández y Fabiola Andrea Yañez, por lo menos desde el año 2016 hasta el 6 de agosto del 2024, el imputado se habría aprovechado de la especial situación de vulnerabilidad preexistente al vínculo en la que se encontraba inmersa la nombrada”.
Fue en ese marco que se acusó al ex Presidente de haber “ejercido con habitualidad y de modo continuo, violencia psicológica contra Yañez, bajo las formas de acoso, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”.
A lo largo de la resolución judicial ahora confirmada por la Cámara, se concluyó que a raíz de la prueba desarrollada, hasta este momento, “se demuestra que la relación se encontraba atravesada por violencia habitual y constante, fundamentalmente psicológica, con episodios de violencia física recurrente”.
Cuando se conoció la resolución, Alberto Fernández bajo la representación de Silvina Carreira, apeló el fallo buscando que la Cámara Federal porteña revierta la decisión de Ercolini.
El ex presidente pidió la nulidad de la causa e insistió en su inocencia. Ya en su primer descargo, Fernández había manifestado: “Nunca cercené su libertad de movimientos y nunca le condicioné sus vínculos y amistades. Sí debo decir que si alguien fue agredido en la pareja, ese fui yo. Si alguien debió soportar insultos y malos tratos en la pareja, ese fui yo”.
Para sostener esa línea argumentativa, señaló que en los momentos de embriaguez, “ella se ponía violenta, me atacaba con una fuerza singular. Yo solo atinaba a atajar sus manos para evitar sus golpes“.
Todo concluyó en otro planteo: negar todos los delitos atribuidos y esencialmente, sostener que jamás agredió físicamente a la ex primera dama.
Ninguno de sus argumentos alcanzó para revertir el procesamiento dictado por el juez federal Julián Ercolini. Así, Alberto Fernández será el primer ex presidente de la Nación en sentarse en el banquillo de los acusados para dar explicaciones en un caso de violencia de género.
El vínculo asimétrico
Sobre el tipo de delito, se explicó que como todo supuesto de violencia de género, “éste también se encuentra asentado en una relación asimétrica de poder entre Fernández y Yañez”.
Así -se continuó planteando- “el desarrollo personal, profesional, la vida política y pública del imputado se encuentra por demás acreditado y se ve contrastado con el desarrollo que tuvo la víctima, incluso luego de iniciar la relación con el nombrado, se observa un bajo perfil. Así, dicha asimetría habría estado presente desde el inicio de la relación y fue determinante para la configuración de las distintas violencias verificadas en autos”.
Corresponde recordar, indica la resolución, “que el imputado no sólo fue presidente de la Nación, sino que también en el pasado ejerció distintos cargos como funcionario público, abogado, docente y con reconocimiento social. Cabe destacar que más allá del poder real que aquél tuviera, dicha trayectoria instalaba a nivel simbólico la certeza de esa asimetría”.
Se recordó que Fabiola Yañez manifestó “él impone miedo a un montón de gente, saben que es capaz de hacer cosas, que tiene amigos muy importantes ”; “ Nadie quiere ponérselo en contra todos le tiene miedo porque tiene más poder ”; “ ustedes saben que yo no soy hija de juez como él”.
Por ello se sostuvo que a partir del relato realizado por la víctima, “los distintos episodios y circunstancias de violencia habrían quedado enmarcados desde los primeros tiempos de su vínculo sentimental con el encartado, por lo menos desde el año 2016, hasta que aquella instó la acción penal en estos actuados y le fue impuesta la consecuente prohibición de contacto a Fernández -6 de agosto del 2024”.